Díaz enviará al Congreso la ley para obligar a los autónomos a reducir jornada laboral con más costes
Yolanda Díaz, vicepresidenta del Gobierno y ministra de Trabajo, continúa con su intención de obligar a todos los autónomos, independientemente del tamaño y sector, a reducir la jornada de sus trabajadores a 37,5 horas. Según dijo la responsable Sumar, a partir de la semana que viene, el proyecto de ley que regulará esta nueva obligación para los autónomos -y otras como el registro de jornada digital- quedaría definitivamente aprobado por el Consejo de Ministros y comenzaría un trámite parlamentario que se aventura largo y con dificultades.
Así lo anunció Yolanda Díaz en la clausura del Congreso de CCOO Industria que se celebró en Toledo este jueves: «el próximo martes llegará la ley para la reducción de jornada laboral al Consejo de Ministros y saldrá para el Congreso de los Diputados«.
Esta intención de iniciar el trámite parlamentario de la ley que reducirá la jornada laboral en la Cámara Baja va a coincidir con el jueves 1 de mayo, Día del trabajador, cuando precisamente los sindicatos CCOO y UGT habían convocado manifestaciones en más de 50 ciudades españolas para exigir precisamente esta medida y la reforma del despido.
Tras el anuncio de la ministra, la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) envió un comunicado mostrando su «profundo rechazo» ante la aprobación de esta medida en el próximo Consejo de Ministro «en la antesala del Primero de Mayo y con evidente oportunismo político».
En el comunicado, también respaldado por ATA, se advierte del grave impacto que la aprobación de esta norma va a tener sobre la actividad económica y especialmente en el empleo, con mayor virulencia en las pequeñas y medianas empresas y en algunos sectores de este país. Tanto la patronal como la Federación llevan meses advirtiendo que esta medida se debería ajustar a las necesidades de cada sector a través de la negociación colectiva.
La reducción de jornada aún tendrá que superar un «largo trámite» parlamentario
Pese a ello, la intención de la ministra sería remitir al Congreso este martes el texto que regula la reducción de jornada, el nuevo registro horario o las obligaciones de desconexión digital sin modificaciones. Ni por supuesto tampoco con ayudas o medidas complementarias para los autónomos y empresas más pequeñas. Tras ello, la voluntad de Díaz sería que esta ley estuviera publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) cuanto antes para entrar en vigor antes de final de año.
Sin embargo, y a pesar de que el proyecto se va a tramitar por vía urgente, es posible que se vaya a encontrar con varias trabas y un «largo trámite parlamentario», apuntaron fuentes expertas. Por lo pronto, el Ejecutivo tendrá que afrontar una compleja negociación con Junts para sacar adelante el texto. Además, para reunir el apoyo del resto de grupos de la cámara podría ser necesario introducir cambios en el proyecto, que ahora mismo ni si quiera contempla las ayudas y el plan de apoyo a pequeñas empresas para implementar la reducción de jornada.
Consciente de las dificultades que va a haber para que el texto supere la vía parlamentaria, la ministra pidió expresamente ante el auditorio de CCOO que se recorra el país de «arriba a abajo» para que el «sentido común de la calle llegue al voto decisivo del Congreso de los Diputados»
Díaz querría que la reducción se aplicase entre diciembre de 2025 y enero de 2026 aunque los pequeños negocios se vean afectados
Según establece el anteproyecto aprobado por el Consejo de Ministros, la idea del Ejecutivo es que entre diciembre de este año y enero de 2026 tenga efectos la reducción de la jornada.
De ser así, como ya avanzó este diario y han venido denunciando distintas organizaciones de autónomos y empresarios, los costes laborales de los negocios se dispararán a partir del año que viene, puesto que se verán obligados o bien a contratar a otro trabajador para cubrir las horas que dejarán de trabajar la plantilla o bien cerrar la actividad durante ese tiempo, lo que supondría perder ingresos.
De llevarse a cabo finalmente esta rebaja, un negocio cualquiera, sin importar el sector, que quiera mantener la misma productividad cada semana tendría que asumir un coste de dos horas y media extra semanales –diez horas mensuales– para obtener la misma productividad que antes de la reducción de jornada.
Según el Estatuto de los Trabajadores, la cuantía a percibir por cada hora extra “no podrá ser en ningún caso inferior al valor de la hora ordinaria”, aunque numerosos convenios colectivos establecen un recargo sobre esta cantidad. Por ejemplo, un 50% más del valor de la hora ordinaria.
Siguiendo este ejemplo, un asalariado que cobre el salario medio en 2025, que ronda los 2.100 euros, percibiría una media de 20 euros por cada hora extra. En el supuesto de que el negocio quisiera cubrir exactamente las dos horas y media que se rebajaría la jornada de cada trabajador semanalmente, debería pagar 10 horas extra mensuales. O, lo que es lo mismo, una media de 200 euros más por empleado para cubrir ese tiempo.
Nuevo registro digital y multas de hasta 10.000 euros por empleado antes de diciembre
Por otro lado, y teniendo en cuenta las fechas que maneja ahora mismo el Ministerio de Trabajo para aprobar la ley de reducción de jornada- entre mayo y junio de 2025-, también se podría saber el plazo de implantación de las nuevas medidas referente al registro horario.
En un principio, según el anteproyecto, el plazo para implantar el nuevo registro horario digital para todos los negocios sería de seis meses tras la publicación del texto en el BOE. De aprobarse el anteproyecto a mediados 2025, se espera que los autónomos y pequeñas empresas deban tener un registro de jornada digital e interconectado a la Inspección de Trabajo antes de diciembre de 2025.
Con esta nueva normativa entrarían en vigor tanto la nueva obligación de contar con un registro digital, como las sanciones de hasta 10.000 euros, que se contabilizarían por cada empleado.
Así, según el anteproyecto aprobado este martes, la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extra, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo se sancionarán, en su grado mínimo, con multas de 1.000 a 2.000 euros; en su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros y, en su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros.
Respecto al nuevo control horario obligatorio:
- La empresa mantendrá un registro diario de jornada, realizado por medios digitales
- Deberá garantizarse la objetividad, la fiabilidad y la accesibilidad del registro de jornada. Para ello se exigirá que los asientos se practiquen de forma personal y directa por parte de las personas trabajadoras, inmediatamente al comenzar y finalizar cada jornada. Y de manera que la empresa no pueda condicionar el contenido.
- Para garantizar la autenticidad y la trazabilidad de los datos reflejados en el registro, éste deberá permitir identificar inequívocamente la identidad de la persona trabajadora que realiza el registro de su jornada, así como las modificaciones de los asientos efectuados.
- Asimismo, la información deberá figurar en un formato comprensible, que permita su documentación y la obtención de copias de esta.
- Las personas trabajadoras, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrán acceder al registro en el centro de trabajo y en cualquier momento de forma inmediata. Además, deberá ser accesible de forma remota por parte de la Inspección y la representación de las personas trabajadoras en la empresa. En todos los casos se garantizará el acceso mediante un sistema con interoperabilidad que permita compartir e intercambiar su información y sus datos.
- La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Fuente original: Autónomos y Emprendedores