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Europa ya puede sancionar a España por no haber eliminado el IVA a miles de autónomos que exportan

La Unión Europea ya podría sancionar ahora mismo a España por no haber aprobado todavía la trasposición de la directiva 2020/285, con la que se exoneraría a miles de autónomos de pagar IVA en sus operaciones internacionales. Esta norma debería estar en marcha desde hace cuatro meses y hubiera supuesto que los trabajadores por cuenta propia dejen de incluir este impuesto en sus facturas con terceros países que ya tengan el régimen de franquicia. 

Como ya avanzó este diario, la Comisión Europea anunció a principios de febrero la apertura de dos expedientes a España por no haber adoptado varias normativas comunitarias relativas al IVA. Una de ellas sería la trasposición de la directiva 2020/285, con la que se implantaría el sistema de franquicias para liberar de este impuesto a miles de autónomos que trabajan con clientes o proveedores de fuera de España. El Gobierno tenía hasta el pasado 1 de enero de 2025 para trasponer a nuestra legislación esta norma, pero aún no lo ha hecho. 

Es más, tras este aviso de Bruselas, España tenía dos meses a contar desde febrero para trasponer de una vez por todas esta normativa y aplicar el IVA de franquicias en operaciones internacionales. El plazo, por lo tanto, habría terminado a principios de abril y ahora mismo la Unión Europea ya podría sancionar a nuestro país por no haber cumplido con este mandato para adaptarse a la normativa europea. 

El IVA de los autónomos con operaciones internacionales tendrá que desaparecer

Como ya aclaró este diario, y a pesar de las noticias e informaciones erróneas publicadas a finales del año pasado, la obligación que afectaría ahora mismo a España -por la que podría ser sancionada- respecto al régimen de IVA de franquicias no es la de liberar a los autónomos y pequeñas empresas en sus operaciones nacionales, sino en las internacionales. 

Fuentes de la Agencia Tributaria confirmaron que el apercibimiento que hizo la Comisión Europea a nuestro país y por el que ya podría ser sancionado sería precisamente por no haber implantado ya esta exención del impuesto para los negocios que trabajan con otros países de la UE. 

Todos los países tenían hasta el 31 de diciembre de 2024 para adoptar la directiva de tipos especiales del IVA para pequeñas empresas, que permite a los autónomos y pymes dejar de incluir el IVA en las facturas de operaciones internacionales. Y también eximiría de este impuesto a los negocios con base en un Estado miembro distinto al que debe pagar el IVA. 

Pero la trasposición de la directiva sigue bloqueada en el Parlamento español

Sin embargo, a día de hoy -12 de abril de 2025-, España todavía no ha traspuesto esta directiva.  Fuentes del Ministerio de Hacienda aclararon que la trasposición no se ha llevado a cabo todavía por cuestiones de «aritmética parlamentaria» y ahora mismo seguiría bloqueada en el Congreso.  

Además, éste no sería el único apercibimiento que habría recibido el pasado viernes nuestro país. La Comisión habría expedientado también a España -junto a Bélgica, Bulgaria, Grecia, Lituania, Portugal y Rumanía- por no haber comunicado una transposición de la directiva de tipos del IVA, que debía ser trasladada a sus legislaciones nacionales antes del 31 de diciembre de 2024.

Lo que hacía esta normativa era flexibilizar el uso del tipos reducidos en este impuesto, que antes de la reforma estaba limitado a una lista preestablecida de productos, y dio más libertad a los Estados miembros para decidir qué bienes y servicios podían disfrutar de un gravamen inferior al general. Un cambio que nuestro país habría aprovechado, sin haber comunicado convenientemente esta trasposición.  

Hasta la fecha, España tampoco habría llevado a cabo la trasposición de esta norma sobre los tipos de IVA.

¿Qué ley tiene que aprobar España y qué autónomos quedarían exentos de declarar IVA?

En cuanto a la normativa del IVA de franquicias, en caso de ponerse en marcha próximamente, no afectaría a la gran mayoría de los autónomos, sino tan sólo a los que venden sus productos y servicios a otros negocios que sí están establecidos en un país europeo con IVA franquiciado. 

O dicho de otro modo, sólo quedarían exentas de IVA  las facturas con clientes que estén en países en los que esté en funcionamiento este sistema, no en España. 

Lo que está previsto -y debería haberse aprobado en enero- es que los empresarios españoles que estén dentro del umbral europeo y del de cada país que tenga franquicia interna, puedan aplicar franquicia por sus operaciones en ese país que tenga franquicia. No por sus operaciones en España. Y el empresario de un país que tenga franquicia la aplicará por sus operaciones en ese país, no por las que haga en España.

Los autónomos podrían quedar exentos de pagar IVA si están fuera de España

Según aclararon fuentes cercanas a la negociación para el régimen del IVA franquicias, «la mesa todavía está paralizada y, de momento, no está previsto que se implante el régimen España». Sí es cierto que en un principio -como ya avanzó este diario- Hacienda se comprometió a eximir a los autónomos que facturen menos de 85.000 euros de pagar IVA pero luego se retractó y dijo que sólo lo aplicaría a las operaciones internacionales.

Lo que sí está pendiente es transponer la directiva en cuanto a intercambio de información entre los Estado miembro y que se puede aceptar el IVA franquiciado de los no residentes en países de origen con este sistema. Pero, en ningún caso -recalcaron todas las fuentes consultadas- esto va a afectar a los autónomos españoles.

Es decir, cualquier trabajador por cuenta propia que trabaje con un cliente -ya sea particular o empresa- en España va a tener que seguir incluyendo IVA en sus facturas como hasta ahora.

La negociación del IVA franquiciado para todos los autónomos sigue pendiente

De momento, y aunque miles de autónomos solicitan la implantación del IVA de franquicias a nivel nacional, desgraciadamente la mesa para la reforma fiscal sigue paralizada en esta cuestión. Todo, desde que Hacienda cambió el rumbo de la negociación negándose a aplicar la exención de este impuesto a los trabajadores por cuenta propia cuyas operaciones se realizan en España.

En su momento, el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, confirmó a través de sus redes sociales que Hacienda se había negado en la reunión del Foro Fiscal dé Autónomos y Pymes a que los autónomos españoles tengan esta ventaja  -de dejar de pagar IVA- que sí tienen el resto de autónomos europeos».

De hecho, apuntó el presidente de ATA, «España es el único país de la Unión Europea en el que los autónomos no tienen un IVA franquiciado. Somos el único país que no ha traspuesto la Directiva europea». Por ello, aseguró Lorenzo Amor, ATA «seguirá exigiendo» que se aplique esta exención de declarar IVA a los trabajadores por cuenta propia que realicen operaciones en España y facturen menos de 85.000 euros. Desgraciadamente, todavía no se ha logrado.

Fuente Original: Autónomos y emprendedores

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