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¿Soy un autónomo si vendo mucho por Internet? En qué casos me doy de alta

Muchas personas compran y venden artículos de todo tipo en Internet. Esta práctica, hoy muy común, ha popularizado a varias plataformas como Wallapop o Vinted. Las mismas ofrecen la oportunidad de adquirir bienes baratos o bien de ganar dinero para quienes quieran deshacerse de algo de su propiedad. Sin embargo, algunos de estos vendedores deberán darse de alta como autónomos.

Y aunque para algunos se trate de una actividad puntual, quienes vendan con regularidad serán considerados como personas a cargo de un negocio. Ciertas personas se convierten en auténticas profesionales que ofrecen productos artesanales, artilugios reparados o vehículos de segunda mano, entre otros.

Por tanto, Hacienda mantiene unos límites para diferenciar a los que obtienen ingresos puntuales de quienes, a su juicio, obtienen unas ganancias recurrentes.

¿Debo inscribirme en la SS?

El Estatuto de los Trabajadores define a un trabajador autónomo como «la persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad profesional o económica a título lucrativo«.

Y acudiendo al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) lo que verdaderamente obliga a darse de alta como autónomo es que se den ingresos recurrentes, provenientes de actividades con cualidades como las anteriormente mencionadas. Según lo ve la Administración, una persona que use por ejemplo Vinted o Wallapop para vender artículos mensualmente estará desarrollando un negocio, y consecuentemente debe cumplir con la normativa.

Si bien el concepto de «ventas recurrentes» suena ambiguo, cabe comentar que algunas sentencias en España indican que quien no posea unos ingresos equivalentes al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) no estará obligado a darse de alta como autónomo. Ello no es óbice para que quien venda bienes mensualmente, aun recibiendo una cantidad menor al SMI, se arriesgue a recibir una multa si no se inscribe en la Seguridad Social.

¿Debo inscribirme en Hacienda?

Y cada artículo que dicha persona considerada como profesional comercialice deberá registrarse en Hacienda, o se considerará una venta ilegal. Este registro es obligatorio para quienes ofrezcan con asiduidad distintos productos a diversos clientes. También permite emitir facturascobrar IVA y declarar en el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Y si bien inscribirse en no implica ningún pago, cuando se termine el procedimiento la persona sí que estará sujeta a la declaración del IVA cada 3 meses (modelo 303). Igualmente deberá deberá por ley pagar el IRPF a través de la declaración anual de la renta (pago fraccionado del modelo 130).

Resumiendo, la persona dada de alta como autónomo deberá declarar sus ventas a Hacienda para poder emitir facturas. Quien no lo haga asumirá varios riesgos, por ejemplo si el comprador declara la operación por su parte (y no el vendedor), caso en el que se multará a quien dio el artículo. O si este individuo emite facturas pero no está dado de alta en la Seguridad Social, entonces se considerará fraude fiscal a ojos del fisco. De materializarse dicho escenario, el responsable no solo estará obligado pagar las cuotas por el registro, pues además se le sancionará con un cargo extra para el dinero a pagar.

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