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Seguridad Social sólo cobrará este mes 30 euros de cuota a los autónomos

Los autónomos que hayan sido beneficiarios de las ayudas por cese de actividad hasta el 31 de mayo sólo tendrán que pagar el 10% de su cuota a la Seguridad Social, ya que si no piden ninguna prestación tendrán exento el 90% del pago de su cuota. Si cotizan por la base mínima, el pago sería inferior a 30 euros. 

El Gobierno alcanzó el pasado mes un acuerdo con las organizaciones representativas del colectivo con el que se articulan cuatro nuevas modalidades de prestación hasta septiembre, además de exoneraciones en la cotización para cubrir también a los antiguos beneficiarios del cese de actividad que no accedan esta vez a las ayudas pero sí vinieran percibiéndolas hasta el mes pasado. 

Fuentes de la Tesorería confirmaron a este diario que la orden de cobro de las cotizaciones al colectivo se gira entorno al día 15 de cada mes y que aquellos autónomos que, en esta fecha, no hayan solicitado ninguna de las nuevas prestaciones disponibles pero sí lo hayan hecho hasta mayo, tendrán automáticamente exonerada su cuota en un 90%. En el caso de que soliciten el cese, no pagarían cuota.

De este modo, se espera que entorno a medio millón de autónomos paguen, como mucho, un 10% de sus cotizaciones este mes de junio. Si el trabajador por cuenta propia cotiza por la mínima de 289 euros al mes, como es el caso de más del 60% del colectivo, sólo tendrían que abonar este mes 29 euros a la Tesorería. 

Exoneración de un 90% de la cuota para antiguos beneficiarios del cese de actividad

La nueva ayuda en forma de exenciones ya se puso en marcha el pasado verano, y esta vez viene recogida en el Real Decreto-Ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos. En el artículo 5, la norma recoge la «exención en la cotización a favor de los trabajadores autónomos que hayan percibido alguna modalidad de prestación por cese de actividad al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero». 

Así, desde el 1 de junio, los autónomos que estuvieran dados de alta en estos regímenes y vinieran percibiendo el 31 de mayo alguna de las prestaciones por cese de actividad previstas en los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 2/2021,  tendrán derecho a una exención de sus cotizaciones a la Seguridad Social.

Concretamente, estos artículos regulan la conocida POECATA y la prestación extraordinaria de cese de actividad para aquellos trabajadores autónomos que no puedan causar derecho a la prestación ordinaria de cese de actividad, que a mes de mayo percibían entorno a medio millón de autónomos. 

Todos ellos tienen dos opciones: o bien solicitar una de las nuevas prestaciones por cese si prevén una caída de la facturación o bajos rendimientos en verano, o bien no solicitar ninguna de ellas y beneficiarse de exoneraciones decrecientes durante los próximos cuatro meses en su cuota de la Seguridad Social.

Estas exoneraciones serán de:

  • El 90% de la cuota de autónomos del mes de junio (sólo pagarán un 10%)
  •  El 75% de la cuota de autónomos del mes de julio (pagarán un 25%)
  • El 50% de la cuota de autónomos del mes de agosto (abonarán la mitad de su cuota)
  • El 25% de la cuota de autónomos del mes de septiembre (pagarán el 75% de sus cotizaciones)

De este modo, los autónomos que cotizan por la base mínima tendrán que abonar en junio tan sólo 29 euros; en julio 72 euros; en agosto 145 euros; y en septiembre 216 euros.

Cabe recordar, que las ayudas aprobadas por el Gobierno y que entrarán en vigor a partir de junio y hasta septiembre prevén cinco tipos de modalidades que pueden cubrir las diferentes circunstancias en las que se encuentren los trabajadores por cuenta propia: prestaciones extraordinarias por suspensión o bajos ingresos, POECATA, y prestación para autónomos de temporada. Todas ellas tendrían las cuotas exoneradas de uno u otro modo. 

En algunos casos, como la POECATA, se haría como en las últimas prórrogas: el autónomo será el que abone a la Tesorería sus cotizaciones en un primer momento y su mutua le devolverá este dinero cada mes junto al pago de la prestación. En otro casos, como la prestación por cierre de la actividad, la exención es todavía más directa ya que el autónomo ni si quiera tendrá que abonar su cuota a la Seguridad Social mientras su negocio permanezca cerrado.

Los autónomos en cese también tendrán paralizada la subida de la cuota, al menos, hasta septiembre 

Las organizaciones representativas del colectivo alcanzaron un acuerdo con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para paralizar temporalmente la aplicación del aumento en las cuotas de entre 3 y 12 euros a los trabajadores por cuenta propia prevista desde 2018 para este año. 

Según confirmaron fuentes de la Seguridad Social a este diario, «la subida sigue, por el momento, congelada». Aunque lo pactado con las organizaciones de autónomos se encuentre en stand by, la paralización continuará vigente gracias a la Disposición Transitoria cuarta del Real Decreto-Ley 2/2021 que, como ya avanzó este medio, liga el incremento de los tipos de cotización a la subida del Salario Mínimo Interprofesional.

Aún con todo, e independientemente de la subida del SMI, lo que parece seguro -añadieron las mismas fuentes- es que el aumento no tendrá efectos sobre los autónomos más afectados por la crisis y se sobreentiende que son aquellos que, o bien hayan percibido la prestación ordinaria-extraordinaria hasta mayo (POECTA) o bien se acojan a una de las modalidades de ayudas desde junio.

Además, los meses en los que estos autónomos estén exonerados del pago de su cuota no se sumarán a la deuda pendiente por el incremento de los tipos. «La exoneración es de toda la obligación de cotización», y, en principio, no se guardaría el aumento correspondiente a los meses de junio a septiembre para más adelante.

Fuente Original: AutonomosyEmprendedor

 

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