Oficial: los trabajadores que ganen menos de 1.350 euros podrán cobrar el paro y su sueldo al mismo tiempo
Hace poco se ha publicado que el Gobierno español, en colaboración con los sindicatos, ha dado un paso hacia adelante a la hora de anunciar la polémica reforma final del subsidio por desempleo. Entre las medidas que se han adoptado, diseñadas para dar un mayor apoyo a quienes se encuentran en esta situación laboral, es un significativo avance no solo en el ámbito de la seguridad laboral, sino en general en el bienestar económico de la ciudadanía y la sociedad en general.
El subsidio por desempleo es un componente vital del sistema de proteccion social, ya que da apoyo financiero a aquellos trabajadores que han perdido su empleo involuntariamente y no llegan a los requisitos mínimos de cotización para cobrar el paro. Esta ayuda supone una importante red de seguridad para millones de personas que no solo permite asistiros en momentos de dificultad económica, sino facilitar su reincorporación al sistema.
Cobrar el paro y el sueldo a partir de ahora
Una de las mejoras anunciadas más destacadas es la que contempla la posibilidad de compatibilizar el empleo con el cobro del subisio por desempleo: esta medida permitirá que los trabajadores puedan recibir su salario y la prestación por desempleo al mismo tiempo, brindando un alivio adicional a quienes estén luchando por reincorporarse al mercado laboral.
Según se ha explicado, esta flexibilidad entrará en vigor en 2025 tras el primer año de cobro de la prestación y supone una respuesta concreta a las necesidades concretas de los trabajadores.
Los detalles que se han pactado y que se conocen hasta la fecha incluyen que podrán beneficiarse de esta compatibilidad aquellos trabajadores que perciban un salario que no supere los 18.900 euros brutos al año (es decir 1.350 euros al mes o 225% del Iprem) y que irá decreciendo en el tiempo y en función de la jornada realizada.
Por otra parte, otra de las dos grandes victorias de este decreto son las que incrementan el subsidio de 480 a 570 euros después de los seis primeros meses y la que mantiene la sobrecotización de los beneficiaros de más de 52 años y hace extensible esta protección a los menores de 45 sin cargas familiares y mayores de 52 con personas a cargo cuando las rentas superan el umbral del 75% del salario mínimo interprofesional.
Fuente Original: Informacion.es