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Los autónomos ya no podrán presentar a partir del 1 de enero la declaración del IVA en formato papel

Una de las grandes obligaciones que tienen los trabajadores por cuenta propia durante toda su vida es presentar ante Hacienda los distintos modelos fiscales que se les solicita. Uno de los documentos más importantes para estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria es el modelo 303, que se utiliza para realizar la autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). A partir del 1 de enero de 2023, únicamente será posible su presentación por vía telemática, ya que desde esa fecha se suprimirá la posibilidad de hacerlo mediante papel impreso. 

Esta novedad se aplicará a las autoliquidaciones del modelo 303 correspondientes al ejercicio 2023 y siguientes. Para su correcta presentación, por tanto, será imprescindible disponer de un certificado digital que permita la identificación telemática del trabajador autónomo. 

Esta medida entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2023

Cada tres meses, los autónomos tienen la obligación de presentar la autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Esto se hace a través del modelo 303, un documento sencillo de cumplimentar que juega un papel imprescindible durante el desarrollo de una actividad por cuenta propia. Si bien es cierto que son los clientes los que asumen el pago del IVA, son los autónomos los que se encargan de percibir ese dinero y entregárselo a la Administración, algo que los convierte en recaudadores de impuestos e intermediarios entre los consumidores y Hacienda.

Hasta ahora, los autónomos tenían la posibilidad de presentar el modelo 303mediante el papel generado a través del servicio de impresión de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Ahora, tras la modificación de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, se ha suprimido la presentación del modelo mediante papel impreso. 

“La eliminación de presentación del modelo 303 mediante papel impreso entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y se aplicará a las autoliquidaciones del modelo 303 correspondientes al ejercicio 2023 y siguientes”, explicaron desde la Asesoría jurídica Soledad Fernández Salas. Así, a partir del próximo año, los trabajadores por cuenta propia únicamente podrán presentar la autoliquidación por vía telemática. 

Tras esta modificación, solo podrán presentarse en papel los modelos de autoliquidación 111, 115, 122, 130, 131, 136 y 309, quedando excluido del listado el modelo 303, uno de los más relevantes para que los autónomos puedan mantenerse al corriente de pago con la Agencia Tributaria. 

Fuente Original: AutonomosyEmprendedor

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