Hacienda obliga por primera vez a tributar a pensionistas y parados que cobren el SMI
Hacienda va a obligar por primera vez a tributar a pensionistas y parados que cobren cuantías iguales al SMI. Así lo muestra la letra pequeña de la enmienda que exime a los contribuyentes que cobran el Salario Mínimo de tributar en el IRPF y que ha pasado desapercibida dentro del turbulento proceso que el Gobierno ha impulsado sobre la tributación de estos contribuyentes en 2025.
De enfrentarse Hacienda con Trabajo por sostener María Jesús Montero que por primera vez debían tributar, a cambiar de opinión y decidir eximirles. Esta exención, en forma de deducción en cuota, se ha retrasado porque PSOE y Sumar la incluyeron en una enmienda al Proyecto de Ley por la que se modifican el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que lo buscaba pero contenía un error y no lo conseguía.
Los grupos parlamentarios que sostienen al Gobierno corrigieron la citada enmienda e incluso arreglaron otro error, uno de salto, histórico, en el IRPF que llevaba a que contribuyentes con rentas bajas tributaran a un tipo marginal de cerca del 90% por cada euro que ganaran.
A diferencia de lo que se hizo en 2024 con el SMI, la fórmula elegida obliga a estos contribuyentes a presentar declaración en la Campaña de la Renta en la primavera del año que viene para recuperar lo que se les va a retener en este ejercicio. Es decir, además de la obligación formal que adquieren, los ciudadanos que cobran el Salario Mínimo van a financiar al Estado en 2025 con sus retenciones.
Varapalo querido a pensionistas y parados
Pues bien, a todo esto se añade el golpe a pensionistas y parados. A diferencia del error que se subsana, del que avisó el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este varapalo es buscado, la redacción busca a propósito hacerles tributar.
Una lectura del nuevo texto, cotejada con lo que se venía haciendo y establece la Ley del IRPF, revela que el Gobierno excluye, por primera vez en esta bonificación, a los pensionistas y parados: «Deducción por obtención de rendimientos del trabajo. 1 Los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo, derivados de la prestación efectiva de servicios correspondientes a una relación laboral o estatutaria, inferiores a 18.276 euros anuales…».
Es decir, sólo pueden beneficiarse quienes hagan una prestación efectiva de servicios en una relación laboral.
Es lo que establece la «Disposición final primera pre ter (nueva)» que modifica la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, frente al artículo 20 vigente, que regula la reducción por obtención de rendimientos del trabajo.
Ahora un pensionista que cobre como el SMI tributará, salvo incapacidades o que sea muy mayor.
Llueve sobre mojado con los parados
En lo que respecta a los parados, llueve sobre mojado ya que el Real Decreto-ley de 21 de mayo de 2024, por el que se adoptaron medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, les obligaba a presentar declaración, de tapadillo. La controversia que esta decisión suscitó llevó a que una Instrucción del SEPE les eximiera, pero todo apunta a que será sólo para 2024.
Y como sucediera entonces, de nuevo todo esto se hace sin informar a la ciudadanía de un cambio de gran calado en el impuesto, dentro del objetivo de que acaben declarando todos los contribuyentes.
En febrero de 2023, Francisco de la Torre, inspector de Hacienda y director del Foro de fiscalidad de EsadeEcPol, y Carlos Victoria, consultor y profesor de la Universidad Complutense de Madrid, que colaboraron en la rebaja del IRPF de 2018 desde Ciudadanos, publicaron el trabajo de EsadeEcPol Los efectos de la inflación en el IRPF de las rentas medias-bajas y cómo amortiguarlos mejor.
Los autores de la propuesta recomendaban que fuera para todos
Aquí detallan los fallos de diseño del IRPF, siendo el más grave que dos contribuyentes que ganen la misma renta paguen cuantías distintas en función de circunstancias aleatorias, la más importante de las cuales, tener dos pagadores, y no uno solo, aunque se obtenga la misma renta. Esto se debe a que en la práctica, hay dos tarifas del IRPF. Una de ellas es la oficial, y la otra el límite de retenciones para aquellos contribuyentes del IRPF que no tienen obligación de declarar. Si a este contribuyente al que se le ha retenido, legalmente, menos de lo que le correspondería si tuviese que declarar, se le obliga a hacerlo, entonces a ese contribuyente se le sube el IRPF. No son casos aislados porque varios millones de contribuyentes soportan unas retenciones inferiores a la tarifa del IRPF y no tienen obligación de declarar.
Esto, pese a ser en general una ventaja para estos contribuyentes, genera distorsiones, asimetrías y situaciones injustas en el IRPF, además de impedir la universalización de la declaración. O dicho de otra forma, esta universalización de la declaración del IRPF supondría una subida de impuestos a los contribuyentes que menos ganan en el IRPF.
De la Torre y Victoria proponían una deducción en la declaración para que estos contribuyentes, si tienen que presentarla, no paguen más. Creen que esto, además de acabar con las injusticias, y de eliminar barreras de eficiencia, por ejemplo, para cambiar de trabajo, permitiría extender la obligación de declarar el IRPF.
La propuesta era para todos los rendimientos del trabajo, a diferencia de lo que promueve el Gobierno, «pero claro, tenía más coste», admite De la Torre, que cree «especialmente sangrante discriminar a los parados».
Fuente Original: voz populi