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Nuevo registro horario digital: este es el calendario que prevé Díaz para implantarlo en autónomos y pyme

Nuevo registro horario digital: este es el calendario que prevé Díaz para implantarlo en autónomos y pyme

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, sacó a consulta pública la semana pasada el texto con el que pretende reformar el registro horario que deben hacer de forma obligatoria todos los autónomos o empresas con trabajadores a su cargo. Esta vez, la ley que se está tramitando no exige el visto bueno del Parlamento, por lo que los expertos consideran que podría estar lista a finales de año. 

Como ya avanzó este diario, el Ministerio de Trabajo inició la fase de consulta pública de este nuevo registro horario obligatorio inmediatamente después de que el Parlamento vetara la famosa reducción de jornada a 37,5 horas. Este proyecto de ley ya incluía la obligación de registrar la jornada de los empleados por medios digitales y que la Inspección de Trabajo pudiera controlarlo de forma remota. 

Tras el rechazo del Congreso a la rebaja de la jornada, la ministra de Trabajo Yolanda Díaz ha abierto un nuevo camino para imponer un registro horario digital que se aplicaría, en principio, a cualquier negocio, independientemente de su tamaño o sector. Según fuentes de asociaciones y sindicatos, lo que pretendería Díaz con esta reforma sería también aumentar el control sobre las horas extras que realizan las empresas y, en la práctica, rebajar por esta vía la jornada efectiva que hacen los empleados. 

Posible calendario para la aprobación del nuevo registro digital para pymes y autónomos

Según fuentes jurídicas consultadas, ahora mismo la nueva vía que se ha utilizado para aprobar la reforma del registro horario digital implicaría mayor agilidad para llevar a cabo la reforma, puesto que ya no sería necesario pasar por el Parlamento.

En este momento, lo que se pretende es poner en marcha los nuevos cambios en el registro digital a través de un Real Decreto-Ley, que sólo necesitaría de tres fases: la de consulta pública, remitirlo al Consejo de Estado y aprobarlo en Consejo de Ministros. En ninguna de ellas habría un impedimento real a que el Ministro de Trabajo apruebe esta reforma.

Sin embargo, apuntaron los expertos, por esta vía no sería posible incluir algunos cambios como por ejemplo elevar las sanciones de 7.500 euros a 10.000 euros, como pretendía en un principio Yolanda Díaz. Para esto último sí haría falta una modificación del Estatuto de los Trabajadores y el visto bueno del Congreso.

Fase 1: consulta pública hasta el 26 de septiembre

La primera de las fases que encara esta reforma es la de consulta pública. El Ministerio de Trabajo inició esta etapa el pasado día 12 de septiembre y se cerrará el próximo día 26 de septiembre.

Durante estas semanas, empresas, sindicatos, asociaciones y particulares tienen la oportunidad de presentar propuestas y observaciones al borrador del decreto. Aunque se trata de un trámite breve, de apenas 15 a 20 días hábiles, puede generar algunos cambios, ya que se recogen las impresiones de quienes deberán aplicar la norma en su día a día.

Según los expertos consultados, no es extraño que, tras este proceso, el Gobierno ajuste puntos clave del texto para hacerlo más realista o políticamente viable.

Fase 2: Elevar el texto al Consejo de Estado

Concluido este paso, el proyecto se elevará al Consejo de Estado, el órgano consultivo más relevante del Ejecutivo. Su papel es garantizar que la futura norma encaje con el ordenamiento jurídico y con la normativa europea. Aunque sus informes no son vinculantes, suelen condicionar de manera decisiva el resultado final.

Según fuentes jurídicas, este trámite puede prolongarse entre uno y dos meses, dependiendo de la complejidad técnica del decreto y de la carga de trabajo del propio Consejo. En este punto, es habitual que se detecten posibles contradicciones legales o que se recomiende introducir mejoras técnicas en la redacción, lo que añade una capa de seguridad jurídica antes de que la norma llegue a la fase política.

Fase 3: Aprobación en Consejo de Ministros

La última parada de este texto será el Consejo de Ministros, donde se produciría la aprobación definitiva del decreto. Una vez incorporadas -o descartadas- las recomendaciones del Consejo de Estado, el Gobierno deberá decidir en qué momento aprueba el texto.

Según los expertos consultados, la tramitación en esta fase es ágil desde el punto de vista formal, pero en la práctica el calendario político puede retrasar su aprobación si hay otras prioridades. La experiencia en normas similares muestra que, cuando el Ejecutivo lo considera estratégico, la aprobación puede producirse en cuestión de semanas; en otros casos, el proceso se dilata varios meses.

De este modo, el horizonte temporal podría oscilar entre un escenario ágil, con el decreto aprobado antes de fin de año, y un escenario más lento, que lo situaría en los primeros meses de 2026.

Tras su publicación en el BOE, será clave el periodo transitorio que se conceda a las empresas para adaptar sus sistemas de control horario. Aunque en la consulta pública no se plantea un margen de tiempo de adaptación, en el anterior proyecto de Ley sí que 

¿Cómo sería el nuevo registro digital que pretende aprobar Yolanda Díaz?

El documento lanzado a consulta pública ya señala que “la necesidad de concretar y desarrollar los contenidos legales en materia de registro de horarios y desconexión» justifica un nuevo desarrollo reglamentario de esta norma.

Para ello, el Ministerio de Trabajo ha establecido los siguientes objetivos de reforma que podrían afectar a los autónomos y pymes con empleados:

  • Establecer disposiciones para garantizar que sean las personas trabajadores quienes rellenen sus asientos de manera personal y directa, incluyendo la identificación de las interrupciones durante la jornada de trabajo. En esta pauta, se establece la posibilidad de incluir que el registro deba ser electrónico y “con mecanismos de verificación de la identidad”.
  • Aumentar la precisión para cada “tipo de tiempo de trabajo” que se realice. El texto detalla que se registre toda la jornada, pero previendo que se diferencie si se trata de trabajo efectivo o de disponibilidad, o de horas ordinarias o extraordinarias, para verificar “más incumplimientos de la normativa”. 
  • Control, también, sobre las modificaciones de los asientos. Aquí se baraja la incorporación de obligaciones específicas para los representantes de los trabajadores que permitan aumentar la vigilancia, como que obtengan copias del registro, o la posibilidad de acceder de manera electrónica al mismo. 
  • Que estos registros, cuando sean electrónicos, estén obligados a permitir el acceso inmediato y remoto. 
  • El establecimiento, en algunos casos, de “sellos de tiempo”, que ofrezcan garantía de autenticidad de aquello que se está registrando.
  • Mantener los registros individuales a disposición de los empleados, y el conjunto de todos los registros a disposición de la Inspección, lo que podría requerir el mencionado acceso telemático. De hecho, Díaz lleva tiempo avisando de que el nuevo registro debería permitir a los inspectores acceder a la información de forma remota.

Fuente Original: autonomosyemprendedor

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