¿Cuántos tipos de contratos existen? actualizado 2018
Es bien sabido que España es uno de los países con mayor número de tipos de contrato, esto es muchas ocasiones es perjudicial debido a que empresas se aprovechan de ciertas contrataciones para pagar menos impuestos.
En nuestro país los contratos de trabajo pueden celebrarse tanto por escrito como de forma oral, entendiéndose como contrato de trabajo la existencia de un acuerdo entre trabajador y empresario por el que se presten unos servicios bajo la dirección y organización de éste a cambio de una retribución económica para el trabajador.
Si tienes duda con tu contrato laboral o eres empresario y quieres contratar, te invito a ponerte en contacto con nosotros a través del teléfono 971 099 431 y te informaremos con todos los detalles.
Pero…¿qué es un contrato de trabajo?
Podemos decir que un contrato es el acuerdo entre el empresario y el trabajador en el que se detallan las condiciones en las que un trabajador se compromete a realizar un determinado trabajo por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución o sueldo.
Tipos de Contratos de trabajo
En España y tras las reformas laborales que se han ido produciendo, además de las últimas aplicadas en los últimos años, podemos encontrar cuatro tipos de contratos de trabajo para las personas que sean asalariadas o presenten sus servicios a una empresa. La legislación establece que los contratos se celebran por escrito y en algunos casos también de forma verbal, aunque en la práctica casi todos se firman por escrito, ya que ofrece más seguridad a ambas partes.
Contrato indefinido
Un contrato laboral indefinido en España se caracteriza por carecer límite de tiempo en la prestación de los servicios. En principio, el contrato indefinido refleja estabilidad en la empresa por parte del contratado y compromiso por parte del contratante.
El hecho de que sea indefinido no tiene por qué ser necesariamente a tiempo completo o a jornada parcial, también puede tratarse también por prestación de servicios, que serán fijos o discontinuos
Contrato temporal
El contrato temporal, es aquel que tiene por objeto el establecimiento de una relación laboral entre empresario y trabajador por un tiempo determinado.
El contrato de trabajo temporal podrá celebrarse a jornada completa o parcial. El contrato de trabajo temporal se formalizará por escrito, podrá ser verbal cuando en la situación de eventual por circunstancias de la producción la duración del mismo sea inferior a cuatro semanas y la jornada completa.
Contrato en prácticas
Para los estudiantes, los contratos de prácticas son los que les permiten poder adquirir algo de experiencia en relación con los estudios que estén cursando, pero no es solo cuestión de conseguir experiencia en un trabajo determinado, sino también de que esa experiencia sirva para los estudios que se están cursando.
El objetivo de este tipo de contratos es que los recién graduados accedan a un puesto de trabajo en el que puedan empezar a adquirir experiencia en puestos relacionados con su formación. La duración de este tipo de contratos puede ser desde seis meses hasta dos años, con un máximo de dos prórrogas.
Contrato de formación
Formalización del contrato
El contrato deberá formalizarse por escrito y deberá constar:
- La titulación del trabajador.
- La duración del contrato.
- El puesto de trabajo.
- Si se trata de un trabajo en remoto, se deberá hacer constar el lugar en el que se realice.
- En caso de tratarse de un contrato a tiempo parcial, también deberemos indicar las horas de trabajo al día, a la semana, al mes o al año y su distribución.
Período de prueba
El período de prueba no podrá ser superior a:
- 1 mes si la titulación del trabajador es de un grado medio o certificado de profesionalidad nivel 1 y 2.
- 2 meses si se trata de un grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3.
Una vez formalizado el contrato, el empresario tiene la obligación de comunicarlo al Servicio Público de Empleo en el plazo máximo de 10 días hábiles.
Contratos mercantiles (trabajadores autónomos)
Los contratos mercantiles de prestación de servicios establecen relaciones comerciales entre dos personas físicas o jurídicas, es decir, son contratos que se realizan entre dos empresas o una empresa y un autónomo para la prestación de sus servicios. Por ello el autónomo debe calcular bien cuales son los costes de trabajo de sus servicios y realizar un buen presupuesto, incluyendo su beneficio.
Si tienes dudas, puedes contactar con nuestro departamento de asesoría laboral en Palma de Mallorca en el 971 099 431