La ley de transparencia salarial obligará a compensar las diferencias de más del 5% entre empleados

La ley de transparencia salarial obligará a las compañías a compensar a los empleados las brechas retributivas que sufran frente a otros compañeros que tengan el mismo puesto, formación y condición laboral si la diferencia de sueldo alcanza o supera el 5%.
Esta norma llega de la mano de la UE a través de la Directiva de Transparencia Retributiva. Aunque todos los países tienen la obligación de adaptarla al derecho interno a partir del 7 de junio de este año, España llega tarde y aún no ha elaborado ni el borrador de la futura ley. El secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, aseguró el pasado 4 de marzo que la intención del Ministerio de Trabajo es comenzar cuanto antes las consultas con patronal y sindicatos para cerrar un texto de forma inmediata.
La Directiva supone un cambio radical en las prácticas salariales de las compañías, independientemente del número de trabajadores que tengan. La norma obligará a los empleadores a realizar una evaluación de los salarios y detectar si existen brechas del 5% o más, frente al actual umbral del 25%.
Una vez detectadas estas brechas entre empleados que realizan un trabajo del mismo valor o por género deberán repararlas o justificarlas de forma objetiva. De lo contrario, la norma obliga a publicar en la página web de la firma la brecha salarial global y por género y a realizar una evaluación de las retribuciones con los representantes de los trabajadores.
Desde el despacho de abogados Ashurst señalan que los empleados afectados podrán reclamar diferencias salariales, los intereses de demora, la retribución variable no pagada e indemnizaciones por vulneración de derechos fundamentales. «El plazo de prescripción es de al menos tres años desde que la persona trabajadora tuvo conocimiento de la discriminación y las reclamaciones pueden interponerse de forma individual o colectiva», aseveran.
Además, la norma también trae sanciones para las empresas que incumplan con la obligación de realizar una evaluación salarial, no informen de ella a la plantilla (este segundo aspecto solo es obligatorio si la firma tiene más de 100 trabajadores) y no justifiquen o corrijan las brechas.
Desde Ashurst España indican que las compañías afrontan multas administrativas (cuya cuantía económica aún no está definida a falta de conocer la norma nacional) y pérdida de ayudas y contratos públicos.
Además, los trabajadores que sufran diferencias salariales injustificadas podrán rescindir los contratos por discriminación salarial y, en caso de que se acredite, la empresa les tendrá que indemnizar con 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades y pagarles una compensación por daños y perjuicios.
Entrevistas de trabajo
La futura norma también trae cambios en los procesos de contratación. Las empresas o profesionales que contraten estarán obligados a informar del salario o de la banda salarial de un puesto antes de realizar una entrevista de trabajo. Asimismo, queda terminantemente prohibido preguntar a los candidatos por su salario con el objetivo de evitar perpetuar brechas salariales históricas.
Las compañías con más de 150 empleados tendrán que informar a los trabajadores del informe de evaluación salarial antes del 7 de junio de 2017, obligación que previsiblemente se retrasará ante la demora que lleva la norma en España.
Esta norma no implica que los empleados vayan a conocer los sueldos concretos de sus compañeros, pero sí los niveles salariales medios de aquellos que realizan su misma labor.
Fuente Original: El economista