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Hacienda aprueba el sistema de módulos para los autónomos de 2026 y deja en el aire los límites de facturación

El Ministerio de Hacienda ha publicado este jueves en el BOE la nueva orden que extiende para el año 2026 el sistema de tributación del IRPF por estimación objetiva, más conocido como módulos, y el régimen especial simplificado del IVA.

La orden extiende un año más la reducción del 5% que pueden aplicar los autónomos que tributen por módulos sobre las ganancias netas.

No obstante, la Administración aún mantiene en el aire el límite de facturación que tienen que tener estos profesionales para poder tributar por módulos.

En los últimos años, la Administración ha permitido acogerse a este sistema a los profesionales cuyos ingresos no superasen los 250.000 euros, que es el mismo límite que tienen los autónomos que se dedican a actividades agrícolas, forestales y ganaderas. Sin embargo, para mantener este umbral, el Gobierno debe aprobarlo por ley. Algo que aún no ha hecho.

De modo que si el Ejecutivo no saca adelante la norma que mantenga este umbral de 250.000 euros, el límite pasará a bajar automáticamente a los 150.000 eurosexpulsando de módulos a todos aquellos profesionales que tengan unos ingresos superiores. Por tanto, a tan solo 20 días de que finalice el año, continúa la incertidumbre sobre la tributación de estos profesionales.

El Ministerio de Hacienda ha informado este jueves en un comunicado que las actividades que pueden tributar bajo este sistema son, principalmente, las del «sector agroalimentario, sector transporte y actividades de comercio al por menor».

Asimismo, recuerda que mantiene una reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos. «Se trata del mismo porcentaje de reducción en la tributación que se ha aplicado ya en los años 2020, 2021, 2022 y 2024. Esta medida beneficiará a todos los autónomos que tributen mediante este método de estimación objetiva», indica.

Respecto al IVA, añade, «también mantiene para 2026 los módulos, así como las instrucciones para su uso aplicables en el régimen especial simplificado en el año inmediato anterior, lo que también beneficiará a los profesionales y autónomos acogidos a este régimen de tributación».

Fuente Original: El Economista

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