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Hacienda también devolverá el IRPF de las prestaciones de paternidad

La Agencia Tributaria devolverá también el IRPF cobrado por las prestaciones de paternidad a aquellos contribuyentes que lo soliciten, como ya ultima hacer con las ayudas a la maternidad después de que el Tribunal Supremo dictaminara que están exentas de tributar.

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Así lo ha anunciado este jueves la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en el Congreso de los Diputados. Hasta la fecha, la Agencia Tributaria venía resistiéndose a equiparar las condiciones tributarias de maternidad y paternidad a la espera de un nuevo pronunciamiento judicial específico.

La prestación por paternidad es el permiso retribuido, que actualmente dura cinco semanas, y que el Gobierno prevé equiparar a las 12 semanas de maternidad progresivamente, por lo que su importancia tributaria será creciente.

Actualmente, la Agencia Tributaria ya tiene en pruebas un mecanismo de devolución ágil sobre el IRPF de las prestaciones de maternidad después de haber cruzado los datos de los contribuyentes que pagaron por ellas con los de la Seguridad Social de beneficiarios de la ayuda.

Solo por las prestaciones de maternidad, se estima que el Estado tendrá que devolver unos 1.000 millones de euros indebidamente cobrados a las beneficiarias de la ayuda que las recibieran desde 2014, último ejercicio fiscal sobre el que es posible reclamar el pago de un impuesto, dado el límite de cuatro años.

Además, las arcas públicas dejarán de ingresar unos 230 millones anuales por el gravamen que se venía aplicando sobre estas prestaciones en las declaraciones de la renta anuales, que dejarán de tributar ya por ejercicio 2018 en la declaración que se presente en primavera de 2019.

Aunque los expertos en fiscalidad, como el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), venían interpretando que el tratamieno tributario de las prestaciones de paternidad debería ser semejante al de las de maternidad, no estaba claro que el Gobierno fuera a tomar esta decisión si, como en el caso anterior, la justicia no le obligaba a hacerlo.

El pago de intereses

La devolución del dinero cobrado por la tributación de las prestaciones de maternidad, y a partir de ahora también en las de paternidad, incluirá el monto originalmente percibido por la Agencia Tributaria y, en algunos casos, intereses compensatorios.

En concreto, en virtud de la Ley General de Tributos, Hacienda compensará a aquellos afectados a los que la declaración de la renta les saliera a pagar y abonarán esta cuantía adicional indebidamente.

Sin embargo, explican desde el REAF, a quienes la declaración les saliera a devolver, y el monto a recibir debiera haber sido más elevado en virtud de la no tributación de estas prestaciones, la Agencia Tributaria no les pagará intereses adicionales.

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