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¿Cuál es la retención mínima de IRPF en autónomos?

¿Cuál es la retención mínima de IRPF en autónomos_

La retención del IRPF suele ser un concepto que se aplica sobre todo a los trabajadores por cuenta ajena, sin embargo, es también algo usual entre los trabajadores autónomos.

En el ámbito de los trabajadores autónomos no existe una retención mínima del IRPF. Y es que, según los expertos, la retención mínima, que es del 2%, solo se puede aplicar a trabajadores temporales, trabajadores en prácticas o becarios.

De momento los trabajadores autónomos no pertenecen a ninguna de las categorías nombradas anteriormente, por lo que no se engloban dentro del mínimo en lo que al IRPF se refiere.

El mínimo del 7%

Según se detalla, el IRPF y las retenciones para autónomos son conceptos vinculados también a la facturación, esto es, a las retenciones que se aplican al hacer facturas. Tal vez en este caso, el mínimo de retención de IRPF que puede aplicar un trabajador autónomo por su actividad es del 7%. Se trata de un porcentaje que solo pueden aplicar a sus facturas los nuevos autónomos durante los tres primeros años de actividad.

Un 2% para los trabajadores por cuenta ajena

Por otra parte, los trabajadores por cuenta ajena, en los casos mencionados anteriormente, pueden aplicar una retención mínima del 2%. Mientras que los trabajadores fijos, esto es, que estén con contratos indefinidos o que sean fijos-discontinuos, no se les puede aplicar esta retención mínima, tal y como aclaró hace tiempo la Dirección General de Tributos (DGT) en la resolución vinculante V1742-12 de 7 de septiembre de 2012.

Fuente Original: Cinco Días

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