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Las ayudas para los ERTE se prorrogan hasta el próximo 30 de septiembre. Pese a que el anuncio se hizo hace algunos meses, aún quedaban algunas dudas sobre los porcentajes de exoneración que se recogen en el Real Decreto Ley aprobado por el Gobierno.

Cabe destacar que existen distintos tipos de ERTE. Los más conocidos son el ERTE por fuerza mayor y el que tiene que ver con causas organizativas, técnicas y de producción. No obstante, también existen aquellos que son o bien por limitación o por impedimento. En estos últimos casos, la exoneración de las cuotas dependerá del número de trabajadores de la empresa.

Durante los meses de junio y julio, la exoneración de cuotas será del 85% en el caso de los ERTE que sean por limitación. Ya en agosto y septiembre, la exención será del 75% en estos mismos ERTE, siempre y cuando la empresa tenga menos de 50 trabajadores. Si por el contrario, la empresa tiene más empleados, la exención será del 75% en junio y julio, y del 65%, en agosto y septiembre.

En el caso de los ERTE por impedimento, la exención llegará al 100% durante todo el periodo, aunque esto será solo cuando el número de empleados sea menor a 50. Si se supera dicha cifra de trabajadores, la exención será del 90%.

Sectores protegidos

El nivel de exoneración también variará cuando se trate de ERTE de empresas que se encuentren entre los sectores protegidos de actividad. Ante esas circunstancias, las exoneraciones serán distintas tanto en el caso de que los trabajadores vuelvan a su actividad, como aquellos que continúan en ERTE.

Cuando los trabajadores vuelvan a la empresa, la exoneración se mantendrá en el mismo porcentaje durante los cuatro meses. De esta forma, alcanzará el 95% cuando sean pymes con menos de 50 trabajadores. Si el número de empleados es mayor, será del 85%.

En cambio, si los trabajadores no se reincorporan a su puesto de trabajo, la exoneración variará en función del mes. Esto es, por ejemplo, si se trata de una empresa de menos de 50 trabajadores, la exoneración será del 85% durante los meses de junio, julio y agosto. Ya en septiembre, ésta bajaría hasta el 70%. En el caso de empresas de más de 50 trabajadores, la exoneración será del 75% los primeros tres meses, mientras que el cuarto, del 60%.

Fuente Original: Cinco Días

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