Menú Cerrar

Hacienda tumba la residencia fiscal en Portugal en un caso calcado al del hermano de Sánchez

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que depende de Hacienda, ha tumbado la residencia fiscal en Portugal de un contribuyente con una situación similar a la del hermano de Pedro Sánchez. En una resolución (00/08144/2022/00/00), echa por tierra todos los argumentos del recurrente justo en sentido contrario, punto por punto, a cómo avala la pretendida residencia fiscal en el país vecino de David Sánchez, según destacan expertos a los que ha consultado.

En concreto, este tribunal, que recoge los recursos de contribuyentes cuestionados por Hacienda como paso previo a los tribunales de Justicia, cuestiona los efectos del certificado del régimen especial portugués de Residentes No Habituales que el recurrente presenta, cuando al hermano de Sánchez, que también lo consiguió del país vecino, sí se lo avala. Tampoco da luz verde a su tributación por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) ni a su pretensión de que se le aplique el Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI) con Portugal, lo que el Fisco sí concede a David Sánchez.

El detalle puede seguirse del controvertido informe sin firma ni membrete que la Agencia Tributaria (AEAT) remitió a la juez en la causa en la que ha mandado a Sánchez al banquillo este martes, un informe que ha causado estupor entre inspectores de Hacienda y fiscalistas por el trato de favor al hermano del presidente del Gobierno, entre otras irregularidades.

De hecho, del informe se desprende que se dio al músico un trámite de audiencia previa insólito para preparar lo que se iba a trasladar a la juez de su situación fiscal. David Sánchez presentó un escrito a la AEAT con documentación «para aclarar diversas cuestiones relativas a su residencia fiscal en los años 2021, 2022 y 2023», a espaldas de la juez Penal que le investigaba.

Además, el volcado de correos electrónicos del hermano de Pedro Sánchez y empleados de la Diputación de Badajoz por la UCO muestra que altas instancias de la AEAT le asesoraron sobre cómo tributar en su polémico cambio de residencia fiscal a Portugal. Este cambio lo hizo en 2021, nada más volver de un año de excedencia en el que residió en Tailandia.

La declaración de bienes de Sánchez de 2017, el año en que fue contratado presuntamente a dedo el 3 de julio, en los correos internos de la Diputación de Badajoz que ha recogido la Guardia Civil muestra que ya residió entonces en Elvas, pero declaró el IRPF y no pretendió ser residente fiscal en Portugal, cuando Pedro Sánchez no era presidente del Gobierno, y sólo trasladó su residencia fiscal al país vecino una vez que su hermano estaba en La Moncloa.

El Certificado de Residente no Habitual en Portugal no le alcanza

«Cuando la previsión del articulo 4.1 in fine del CDI entra en aplicación, como consecuencia de la aplicación de un régimen especial de esta índole -en el caso que nos ocupa, el régimen especial portugués de «Residentes No Habituales»- que conlleva que una persona calificada como residente fiscal en Portugal no tribute integradoramente por renta mundial, no resulta de aplicación el Convenio o, lo que es lo mismo, la certificación de la residencia fiscal hecha respecto al contribuyente en este régimen especial, no tiene el alcance de habilitar la aplicación del Convenio», establece el TEAC en su resolución contraria al contribuyente. A diferencia de lo que permite a David Sánchez.

Tanto el contribuyente que recurre al TEAC como el hermano del presidente del Gobierno presentaban declaración del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).

«Concluido que no se cumplen los requisitos para considerarle residente fiscal en Portugal a efectos de aplicación de Convenio, procede aplicar exclusivamente la normativa interna española», remacha el TEAC.

El contribuyente percibió unos rendimientos dinerarios por pensión de jubilación, satisfechos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Alegaba además que por aplicación del CDI, la pensión está exclusivamente sometida a imposición en Portugal, pues el Convenio en su articulo 1 establece que las pensiones tributarán en sede del Estado de residencia.

David Sánchez cobraba de la Diputación de Badajoz y no declaraba ningún ingreso en Portugal, con lo que su centro de intereses económicos se concentraba n España. Al igual que sus intereses familiares, según oculta la AEAT, que pasa de puntillas por que su mujer y su hija residen en Madrid.

En este cuestionado informe, el Fisco también esconde que el hermano del presidente del Gobierno vivió en un hotel en Elvas (Portugal) y sostiene en cambio que lo hizo en un apartamento como prueba de residencia en el país vecino, cuando no admite en otros contribuyentes estancia en un hotel como prueba de residencia, sólo en vivienda en propiedad o alquiler. 

Fuente Original: VozPopuli

Contactar ahora